Comunicación
Social

El 30 de enero de 2025 se llevó a cabo la sesión solemne de Inicio del Proceso Electoral Judicial Extraordinario 2025 en el Estado de México. En sesión extraordinaria de la misma fecha, el Consejo General (CG) del IEEM instaló tres comisiones especiales, cuyos objetivos particulares son fundamentales para el adecuado desarrollo del proceso electoral.

 

La Comisión Especial de Vinculación con el Instituto Nacional Electoral (CEVINE) estará auxiliando al CG con las actividades que requieran de una coordinación con el INE, como las que deriven del Convenio General de Coordinación y Colaboración entre ambos institutos; el reclutamiento, selección y contratación de personas Supervisoras y Capacitadoras Asistentes Electorales Locales; así como lo relativo a la observación electoral, actividad para la cual ya está disponible la convocatoria dirigida a la ciudadanía interesada en participar hasta el 7 de mayo.

 

La Comisión Especial de Vinculación con Órganos Desconcentrados (CEVOD) llevará a cabo la supervisión de las actividades relacionadas con la selección de las propuestas y la designación de quienes dirigirán los órganos desconcentrados para atender la elección de personas juzgadoras del Poder Judicial del Estado, tareas para las que se estará considerando a las personas que hayan demostrado un desempeño satisfactorio en el proceso electoral 2024.

 

Finalmente, la Comisión Especial de Seguimiento a Cómputos (CESCOM), de nueva creación y que viene a robustecer las actividades relacionadas con el escrutinio y cómputo que, de acuerdo con la reforma judicial, se realizarán en los órganos desconcentrados del IEEM y no en las mesas directivas de casilla.

 

Es de suma importancia para el instituto que la ciudadanía tenga una herramienta en la que se le pueda dar seguimiento a los cómputos, ya que para este tipo de elección no se habilita el Programa de Resultados Electorales Preliminares.

 

Con las actividades de la CESCOM se contribuirá en la garantía de la certeza de los resultados emanados del sufragio de la ciudadanía ya que tiene entre sus objetivos el de supervisar la capacitación al personal que llevará a cabo los cómputos, dar seguimiento a las actividades relativas a los cómputos que lleven a cabo los órganos desconcentrados, así como la asignación de los cargos por región, distrito y materia de especialización entre las candidaturas que hayan obtenido el mayor número de votos. Todo lo anterior, bajo la observancia del principio de paridad de género.

 

A la fecha, las citadas comisiones ya han realizado diversas tareas contenidas en sus programas de trabajo, bajo los plazos previstos en el Calendario para el Proceso Electoral. Y su dinámica cotidiana apoya el quehacer diario del IEEM en la etapa del proceso electoral judicial extraordinario que se encuentra vigente en nuestra entidad.

 

Todo ello, en conjunto que las actividades que desarrollan el resto de las Comisiones, permite que en cada etapa del proceso electoral, el consejo tome decisiones basadas en los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad, objetividad y paridad.

En octubre del 2024, el Consejo General creó la Comisión Especial para la revisión y actualización de la normatividad del IEEM. Sus fines son revisar, actualizar y, en su caso, proponer la creación o modificación de reglamentos, lineamientos, criterios y demás normatividad que resulte aplicable para el funcionamiento de este Instituto, así como la derogación o abrogación de disposiciones o cuerpos normativos que ya no sean aplicables, a efecto de asegurar que este Instituto pueda operar bajo las mejores prácticas administrativas y los marcos jurídicos aplicables en la materia político-electoral. Se tenía planeada la instauración de esta comisión, aún antes de la reforma constitucional y legal a nivel local en materia judicial, por lo que resultó más que oportuna porque para hacer operativa dicha reforma se requiere que la normatividad interna se encuentre actualizada para su correcta aplicación.

 

La Comisión, en conjunto con todas las Consejerías integrantes del Consejo General, las áreas operativas y los partidos políticos, han llevado a cabo los trabajos necesarios para la debida modificación de distintos instrumentos normativos.

 

De este modo, el pasado 27 de enero, el Consejo General del IEEM aprobó la expedición de los siguientes reglamentos: 

 

  • Reglamento de Sesiones del Consejo General.
  • Reglamento de Comisiones del Consejo General.
  • Reglamento para la Sustanciación de los Procedimientos Sancionadores.

 

De las modificaciones que se han realizado, destacan las siguientes:

 

  1. La integración de lo dispuesto en las recientes reformas, tanto federales como estatales, respecto a la elección popular de personas juzgadoras, mediante la garantía de una debida función institucional para Proceso Electoral Judicial Extraordinario 2025 que se lleva a cabo en el Estado de México; así como en los siguientes procesos electorales ordinarios.
  2. En el contenido de dichas normas se hace uso del lenguaje incluyente y no sexista.
  3. La incorporación de principios rectores de la materia electoral como lo es la perspectiva de género.
  4. El detalle de las funciones que deben desarrollar las comisiones permanentes y especiales.
  5. Además, con base en las experiencias derivadas de procesos electorales pasados, se suman en la redacción del Reglamento de Comisiones, tres especiales: la de Atención del Programa de Resultados Electorales Preliminares, la de Vinculación con Órganos Desconcentrados y la de Vinculación con el INE; así como la delimitación de sus objetivos y atribuciones.

 

La totalidad de instrumentos normativos con los que cuenta el IEEM, asciende a 95 (incluyendo códigos, lineamientos, manuales, criterios, procedimientos, protocolos, programas y reglas); por lo que los trabajos para su actualización y mejora son una tarea diaria y continua, que en esta ocasión se lleva a cabo a la par de las actividades relacionadas con el Proceso Electoral Extraordinario 2025.

 

El 14 de enero fue publicado en la Gaceta del Estado de México, el decreto con las reformas al Código Electoral del Estado de México, en materia de elección de las personas juzgadoras del Poder Judicial del Estado de México. Se modifican diversos artículos vinculados a la organización, jornada y resultados de los procesos electorales para la citada elección y se agrega un libro más.

 

Esta reforma, en congruencia con las Reformas Federales, se replican las atribuciones de los Poderes Estatales, respecto a sus Comités de Evaluación, así como los requisitos que deberán cumplir las personas para integrar los listados de candidaturas para la elección de las personas juzgadoras, contemplados en la reforma constitucional local en materia del Poder Judicial.

 

El IEEM será el encargado de organizar este proceso inédito, por lo que entre las funciones que se le integraron destacan: la creación de un micrositio para informar a la ciudadanía sobre procesos electorales y candidaturas; la realización del escrutinio y cómputo en los órganos desconcentrados que se instalen para esta elección; declaración de validez y expedición de las constancias de mayoría a candidaturas ganadoras en la elección del Poder Judicial local, así como la asignación de los cargos, observando el principio de paridad. Nota importante para destacar es que tratándose de la elección de personas juzgadoras, las representaciones de los partidos políticos no participarán en las comisiones, acciones, actividades y sesiones respectivas.

 

Por lo anterior, el próximo 30 de enero, el Consejo General del IEEM celebrará la Sesión Solemne de Inicio del Proceso Electoral Judicial Extraordinario 2025 del Estado de México. Por primera vez en nuestra entidad se elegirán la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia, los integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial, la mitad de las Magistraturas del Tribunal Superior de Justicia y los cargos vacantes y retiros programados de Juezas y Jueces, es decir, un total de 89 cargos a elegir: 55 juzgadores, 33 magistraturas y 1 presidencia.

 

Asimismo, el IEEM suscribirá un convenio de colaboración con el INE a fin de detallar procesos, actividades y competencias para este proceso electoral; no obstante, la reforma ya dicta fechas que es importante que la ciudadanía conozca:

 

Actividad

Plazo

Publicación de convocatorias por cada Comité de Evaluación.

A más tardar el 10 de febrero de 2025

Plazo de inscripción de las personas interesadas en participar

Del 11 al 16 de febrero de 2025

Publicación de listado de personas que cumplen requisitos

19 de febrero de 2025

Remisión a la Legislatura de listados aprobados por cada poder.

A más tardar el 27 de febrero de 2025

Remisión de los listados al IEEM

A más tardar el 28 de febrero de 2025

Campañas electorales

Del 24 de abril al 28 de mayo de 2025 (35 días)

Jornada electoral

1 de junio de 2025

 

El 10 de diciembre de 2024, el Congreso del Estado aprobó la reforma por la que se integra a la constitución local la elección, mediante voto universal, libre, secreto y directo de personas Juzgadoras, así como Magistradas y Magistrados del Poder Judicial Estatal.

 

Al respecto cabe destacar lo siguiente:

  • El Proceso Electoral Local Extraordinario 2025 dará inicio con la sesión respectiva del Consejo General del IEEM, a más tardar el 31 de enero.
  • Se elegirán la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia, los integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial, la mitad de las Magistraturas del Tribunal Superior de Justicia, y los cargos vacantes y retiros programados de Juezas y Jueces.
  • A más tardar en la primera semana de febrero de este año, la Legislatura emitirá la convocatoria para integrar los listados de las personas candidatas que participen en la elección.
  • El periodo de las personas que resulten electas durará ocho años, por lo que vencerá el 2033, con posibilidad de reelección.
  • La elección extraordinaria de 2025 será escalonada y se renovará la mitad de los cargos de Magistradas y Magistrados; asimismo, las vacancias o retiros programados de Juezas y Jueces. El resto de las personas que actualmente se encuentran en funciones se renovarán en la elección estatal ordinaria del año 2027.
  • El Consejo de la Judicatura, concluirá sus funciones y quedará extinto al momento que entre en funciones el Órgano de Administración Judicial.

 

Corresponde al IEEM llevar a cabo los trabajos inherentes a la adecuada organización y desarrollo de un proceso electoral. En la elección de 2025 se afrontarán distintos retos que nacen de las particularidades de este ejercicio, así como de los plazos con los que se cuenta para desarrollar todas las actividades que harán posible que la ciudadanía mexiquense ejerza su voto el próximo 1 de junio.

 

De dichas tareas destacan; la coordinación con el INE para actividades relacionadas con el diseño, impresión y distribución de documentación y material electoral; la definición de ubicación y logística de instalación las mesas receptoras de votación, la entrega y recolección de los paquetes electorales, entre otras que se establecerán en el convenio respectivo. Además, el IEEM debe determinar el número y la integración de los órganos desconcentrados y realizar los cómputos de la elección.

 

Así, a más tardar el 15 de febrero, el IEEM aprobará el Calendario de Actividades necesarias para la organización de la elección. A su vez, el 28 de febrero se recibirá de la Legislatura, el listado de candidaturas de los cargos a elegirse.

 

El Consejo General del IEEM trabaja en la adecuación de sus instrumentos normativos internos y en la logística de un proceso electoral inédito; sin embargo, lo más importante es que la ciudadanía acuda a votar el 1 de junio.

Martes, 03 Diciembre 2024 06:00

¿Boletas electorales para la elección 2025?

 

Las boletas electorales son documentos en los que la ciudadanía, el día de la jornada electoral emite su voto para elegir a sus representantes, marcando la opción de su preferencia; contiene los nombres y emblemas de los Partidos Políticos y de las personas candidatas postuladas, por ellos mismos o por la vía independiente.

 

En 2024 tuvimos elecciones concurrentes; a nivel federal se eligieron 629 cargos y para el caso del Estado de México, la ciudadanía mexiquense eligió un total de 1302.  Para las elecciones federales el INE imprimió 317 millones de boletas, cada papeleta costó $1.60, por lo que el gasto total para su impresión fue de más de 500 millones de pesos. Por cuanto hace a los comicios locales en el Estado de México se imprimieron 27,878,318 millones de boletas para elegir diputaciones e integrantes de ayuntamientos; el costo unitario de cada una fue de $2. 43, sumando un total de $ 67,744,312.74.

 

La impresión de boletas electorales en México es costosa debido a varios factores relacionados con su diseño, seguridad y estrictos controles que garantizan la integridad del proceso electoral, son producidas por empresas y entes públicos que cumplen con estándares de seguridad y confidencialidad muy altos. Incluyen características específicas que obedecen a medidas de seguridad establecidas en el Reglamento de Elecciones del INE, muchas muy parecidas a las que son consideradas para la impresión de los billetes; todo esto garantiza que cada boleta sea única, irremplazable e infalsificable.

 

Para el proceso electoral concurrente 2024, las boletas electorales en el Estado de México, contaron con 12 medidas de seguridad y a nivel federal con 11 de ellas.

 

Si bien, la seguridad en las boletas electorales es fundamental para garantizar la integridad del proceso democrático y contribuyen a que la ciudadanía, partidos políticos y observadores electorales tengan mayor certeza de la validez de los resultados de las elecciones, también es cierto que vuelven muy costosos los procesos electorales, en tiempos en que existen mecanismos certeros y fidedignos para lograr el mismo objetivo, como el voto electrónico o el voto por internet.

 

Ante la inminente jornada electoral 2025 para la elección de juzgadores resulta necesario ponderar si se sigue el esquema tradicional, con la impresión de millones y millones de boletas, con tantas medidas de seguridad (con costos exorbitantes y generalmente con la mitad destruidas al no utilizarse) o si es el momento de transitar a un esquema electrónico que proporciona las ventajas de inmediatez, rapidez en el cómputo y seguridad de los resultados.

 

Estamos a pocos días de conocer las determinaciones del INE al respecto.

Página 2 de 18

Histórico - Espacio de Colaboraciones y Opiniones



Conéctate